
La Comisión Fílmica de Bogotá, un programa del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, tiene como objetivo orientar y facilitar las filmaciones en el espacio público de Bogotá, para lograrlo se trabaja diariamente en la sinergia entre las entidades distritales y alcaldías locales que administran el espacio público de la ciudad.
Para realizar filmaciones en el Parque El Virrey ubicado en la calle 87 con carrera 16, deben tener en cuenta los siguientes lineamientos emitidos por la Secretaría Distrital de Ambiente, debido a que este espacio es considerado como parte de la ronda Hídrica del Canal El Virrey y está a su vez hace parte de la Estructura Ecológica Principal EEP incluida en el Decreto 555 de 2021:
Para grabaciones en este espacio debe tener en cuenta lo siguiente:
- Iluminación artificial: No se permite el uso de iluminación artificial en las zonas comunes del parque, por lo cual no se deberá instalar ningún dispositivo lumínico que pueda afectar la fauna (áreas de anidación, percha y hábitos de comportamiento) y la flora presente.
- Equipos de sonido: No hacer uso de equipos de sonido, altoparlantes o amplificadores: El uso de altoparlantes en espacio público está prohibido por el artículo 2.2.5.1.5.3. del Decreto 1076 de 2015: “Altoparlantes y amplificadores. Se prohíbe el uso de estos instrumentos en zonas de uso público y de aquellos que, instalados en zonas privadas, generen ruido que trascienda al medio ambiente, salvo para la prevención de desastres, la atención de emergencias y la difusión de campañas de salud. La utilización de los anteriores instrumentos o equipos en la realización de actos culturales, deportivos, religiosos o políticos requieren permiso previo de la autoridad competente”.
- Plantas eléctricas: estas deben estar insonorizadas, se recuerda que los responsables de fuentes de emisión de ruido deben emplear los sistemas de control necesarios (aislamiento acústico), para garantizar que no se genere afectación a los residentes de las zonas aledañas.
- Carga y descarga de elementos: se debe tener en cuenta que en el descargue se mantenga un límite entre los árboles y los camiones, al igual que controlar la llegada de los camiones de producción, con el fin de evitar la fractura de ramas e impactos sobre los árboles que se encuentran ubicados tanto en el borde del parque como en los andenes del frente, principalmente los del costado norte calle 88 y carreras aledañas. La distancia mínima entre los elementos y los árboles debe ser de 3 metros y se puede garantizar este límite con maletines o conos que ayuden a identificar la zona segura de distanciamiento.
- Instalación de elementos: no se podrán usar los árboles para la instalación de cables, líneas eléctricas, cuerdas o tensores, ni tampoco se podrán instalar clavos (puntillas), armellas, tornillos o similares.
- Manejo de líquidos: está prohibido realizar cualquier tipo de vertimiento de residuos líquidos.
- Catering: no se deberán preparar alimentos y lavar implementos de las cocinas u otras actividades relacionadas sobre el césped u otra cobertura de vegetación.
- Parqueo: está prohibido utilizar áreas del parque para el parqueo de automotores (motos, autos, camiones, otros) dentro del Parque El Virrey y la Ronda Hídrica del Canal El Virrey.
Si requiere información adicional no dude en comunicarse con el equipo de gestión de la Comisión Fílmica de Bogotá al correo electrónico info.cfb@idartes.gov.co