INCENTIVOS
AL DESARROLLAR TU PROYECTO
AUDIOVISUAL EN BOGOTÁ
Colombia ofrece incentivos para proyectos audiovisuales total o parcialmente desarrollados en el país gracias a la Ley 1556 de 2012. Adicionalmente, la ciudad de Bogotá cuenta con exenciones en el valor del Permiso Unificado para Filmaciones Audiovisuales - PUFA para proyectos locales y extranjeros. Encuentra aquí la información de acuerdo a las características de tu proyecto :
La Comisión Fílmica de Bogotá, del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, apoya y contribuye a la producción local a través de las exenciones al pago de los Permisos Unificados para Filmaciones Audiovisuales - PUFA para los siguientes proyectos:
Proyectos audiovisuales que sean apoyados con fondos o recursos públicos de la Nación o del Distrito Capital, salvo las filmaciones que sean realizadas por encargo y cuenta y riesgo de terceros tendrán una exención aproximadamente del 70% del valor total del PUFA.
Proyectos colombianos beneficiarios de la Ley 1556 de 2012, si los servicios cinematográficos o de televisión son contratados con sociedades domiciliadas en Bogotá, tendrán una exención aproximadamente del 70% del valor total del PUFA.
Proyectos de filmaciones que cuenten con Resolución de Reconocimiento como Proyecto Nacional, de acuerdo con lo establecido en la Ley 814 de 2003 en concordancia con la norma que la reglamenta tendrán una exención aproximadamente del 70% del valor total del PUFA.
Esta ley facilita la producción de películas en Colombia y contribuye al desarrollo de una industria sostenible. Contiene dos mecanismos principales de fomento al cine colombiano
1. El Fondo para el Desarrollo Cinematográfico: El Fondo para el Desarrollo Cinematográfico (FDC) recibe los dineros recaudados a través de una cuota parafiscal que pagan los exhibidores, distribuidores y productores como resultado de la exhibición de obras cinematográficas en el territorio nacional. El monto generado por el sector cinematográfico vuelve al mismo sector para impulsar el crecimiento de la industria.
Los recursos del FDC se deben destinar así: mínimo el 70% a la producción cinematográfica y el porcentaje restante, para apoyar líneas de acción complementarias y encaminadas a promover el cine colombiano, tales como formación, promoción, fortalecimiento del patrimonio fílmico, investigación, divulgación y acceso, protección al derecho de autor, y gastos administrativos y financieros. El 70% destinado a la producción es entregado al sector a través de una convocatoria pública anual que se divide en Estímulos Automáticos y Estímulos por Concurso, las múltiples modalidades buscan cubrir las diferentes etapas de la producción cinematográfica en todos los géneros.
2. El otorgamiento de estímulos tributarios para inversiones y donaciones a proyectos cinematográficos: Se trata de una deducción a los impuestos de donantes e inversionistas en proyectos cinematográficos colombianos, contribuyentes del impuesto a la renta. Éstos pueden deducir de su base gravable el 125% del valor invertido o donado (en caso de donación hay un límite del 30% de la renta líquida). Se busca así fomentar la donación e inversión en cine de personas y empresas privadas, y favorecer tanto a los empresarios (en términos económicos) como a los productores de cine, quienes tendrán una importante fuente de financiación para poder hacer más y mejores películas.
Estos beneficios son excluyentes a los otorgados por la Ley 1556 de 2012.
Es una estrategia de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte de la Alcaldía de Bogotá y sus entidades adscritas. Este programa busca fortalecer las iniciativas, proyectos y procesos desarrollados por los agentes artísticos, culturales y patrimoniales de Bogotá. Se implementa mediante convocatorias públicas que adjudican becas, pasantías o residencias para el desarrollo de propuestas y premios como reconocimiento a realizaciones o trayectorias de los agentes del sector.
El Ministerio de Cultura, a través del Programa Nacional de Estímulos tiene como propósito movilizar a los artistas, creadores, investigadores y gestores culturales colombianos, bien sea en el ámbito nacional o internacional, para que en las más diversas disciplinas, reciban a través de becas, pasantías, premios nacionales, reconocimientos o residencias artísticas un estímulo a su quehacer.
Este Programa está dirigido principalmente a personas naturales y el mecanismo dispuesto para acceder a dichos estímulos es a través de convocatorias públicas anuales, de manera que puedan participar de ese abanico de oportunidades todos los actores del sector cultural.
La Comisión Fílmica de Bogotá del Instituto Distrital de las Artes - Idartes apoya y contribuye a la producción extranjera que se realice en la ciudad a través de las exenciones al pago de los Permisos Unificados para Filmaciones Audiovisuales - PUFA para los siguientes proyectos:
Proyectos extranjeros beneficiarios de la Ley 1556 de 2012, si los servicios cinematográficos son contratados con sociedades domiciliadas en Bogotá D.C tendrán una exención aproximadamente del 50% del valor total del PUFA.
Proyectos extranjeros beneficiarios de la Ley 1556 de 2012, si los servicios de televisión son contratados con sociedades domiciliadas en Bogotá D.C tendrán una exención aproximadamente del 80% del valor total del PUFA.
Colombia ofrece incentivos para proyectos audiovisuales total o parcialmente desarrollados en el país. Esta ley permite el reintegro del 40% de los gastos en servicios audiovisuales y 20% de los gastos de servicios logísticos en el país. Estos servicios deben ser prestados por empresas colombianas o personas naturales de nacionalidad colombiana y con domicilio en el país.
Este beneficio lo pueden solicitar los proyectos locales y extranjeros de obras cinematográficas, series y videoclips musicales, en las modalidades de:
Producción
Producción y postproducción
Animación
*La contraprestación no aplica solo para la modalidad de postproducción.
El CINA es un certificado de Descuento Tributario por 35% de los gastos en servicios audiovisuales y logísticos prestados por empresas colombianas o personas naturales de nacionalidad colombiana y con domicilio en el país. Este certificado de inversión audiovisual es un valor negociable que se emite a nombre del productor extranjero, el cual puede negociar con personas naturales o jurídicas.
Los proyectos extranjeros que pueden aplicar a este certificado son obras cinematográficas, series, videoclips musicales, videojuegos o realización audiovisual publicitaria en las modalidades de:
Producción
Producción y postproducción
Animación
*La contraprestación no aplica solo para la modalidad de postproducción.
Somos una región que históricamente ha creado su cinematografía a través de las coproducciones audiovisuales, no solo con países de Latinoamérica sino también con países europeos, como Francia, Holanda, Dinamarca, Italia, entre otros.
Conocemos las dinámicas y ventajas que da naturalmente la coproducción y contamos con los beneficios e incentivos producto de la Ley 814 de 2003. Si te interesa, puedes profundizar esta información en la guía de coproducción de Proimágenes Colombia.
* Estos beneficios son excluyentes a los otorgados por la contraprestación de la Ley 1556 de 2012.
La Comisión Fílmica de Bogotá del Instituto Distrital de las Artes - Idartes apoya la producción realizada en entornos académicos en la ciudad a través de las exenciones al pago de los Permisos Unificados para Filmaciones Audiovisuales - PUFA para los siguientes proyectos:
Proyectos audiovisuales con un interés o finalidad académica, y comunitaria o alternativa, tendrán una exención aproximadamente del 70% del valor total del PUFA.
Recuerda que puedes solicitar asesorías y acompañamiento a la Comisión Fílmica de Bogotá para cualquier duda o inquietud que tengas con respecto al proceso del PUFA.